JCBA y JVCEA solicitan la declaración de separación fiscal del 20% sobre los criptoactivos y la deducción de pérdidas por 3 años.

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La Asociación Empresarial de Criptoactivos de Japón (JCBA) y la Asociación de Comercio de Criptoactivos de Japón (JVCEA) presentaron el 30 de julio una solicitud de reforma fiscal para el año fiscal 2026 a la Agencia de Servicios Financieros y celebraron una conferencia de prensa el mismo día.

La solicitud incluye cinco propuestas de enmienda, destacando como la prioridad más alta el cambio de la tasa impositiva del comercio de criptomonedas del actual sistema de impuestos generales (tasa máxima de aproximadamente 55%) a un sistema de declaración separada con una tasa del 20%.

En esta solicitud en particular, se establece claramente que el ámbito de aplicación de la tributación separada no se clasificará según "el tipo de criptoactivos y el tipo de billetera".

Solicitud de conversión al sistema de tributación separada del 20%

Según el presidente del grupo de estudio de régimen fiscal de JCBA, Takashi Saito (CEO de Pafin Co., Ltd.), en esta solicitud se exige un impuesto sobre la renta separada del 20% que incluye el impuesto municipal (15% de impuesto sobre la renta y 5% de impuesto municipal), así como la introducción de una deducción por pérdidas a lo largo de 3 años. Bajo el sistema actual, las ganancias de las transacciones de criptoactivos se consideran ingresos diversos y están sujetas a tributación integral, con una tasa impositiva que varía aproximadamente entre el 15% y el 55% según el ingreso.

El mercado de criptoactivos continúa creciendo de manera constante. "El número de cuentas de criptoactivos se ha expandido a 12 millones en abril de este año. Ha seguido creciendo desde que superó los 10 millones a finales del año pasado, y se está reconociendo como un activo que se ha difundido bastante entre la población", explicó el Sr. Saito sobre la situación actual del mercado.

Existen preocupaciones de que la tributación separada se convierta en un "beneficio para los ricos", pero la realidad es diferente. Según una encuesta sobre los ingresos anuales de los inversionistas en criptoactivos realizada en junio de 2022 (con 26,002 respuestas), el grupo con ingresos anuales de 3 a 7 millones de yenes representaba el 50.7%, y aproximadamente el 70% del total pertenecía a la clase media. Saito señaló que "en el grupo de 3 a 7 millones de yenes, combinando el impuesto sobre la renta y el impuesto residencial, se supera el 20%. Si la tributación separada se establece en un 20% uniforme, de hecho, beneficiaría más a la clase media."

Todos los intercambios se aplican de manera uniforme

Lo que especialmente merece atención en esta solicitud es que se ha especificado que el alcance de la imposición separada no discrimina según el "tipo de criptoactivos o el tipo de billetera". Esto significa que incluye no solo las transacciones a través de los intercambios, sino también las transacciones realizadas a través de billeteras gestionadas por individuos.

Al observar la situación de las empresas miembros de JCBA, se puede ver que el 30% de los operadores realizan negocios relacionados con wallets, y si se incluyen aquellos que realizan una parte, se alcanza el 40%. "Si se limita el objetivo de la tributación separada solo a las transacciones en los intercambios, esto podría desincentivar los negocios relacionados con wallets y las startups que representan una gran parte del ecosistema Web3.0, y podría obstaculizar el desarrollo de la industria Web3.0 en Japón", enfatizó el Sr. Saito sobre la importancia de la coherencia en las políticas.

Competitividad internacional y distorsiones fiscales

El sistema tributario de criptoactivos en Japón es notablemente alto en comparación internacional. "En comparación con los países avanzados, la cantidad absoluta de la tasa impositiva en Japón es muy grande. La forma en que se estructura es similar a la imposición sobre las ganancias de capital, aplicando un sistema de impuesto uniforme como el de la separación fiscal en Japón, lo que resulta ser la forma más simple y fácil de entender", señala el Sr. Saito, indicando la discrepancia con los estándares internacionales.

Además, lo más grave es la inconsistencia fiscal que podría surgir si se introduce un ETF de criptoactivos en el futuro. "Si se crea un ETF de Bitcoin, creo que hay una probabilidad bastante alta de que se considere un valor y, por lo tanto, se grave al 20%. A pesar de que se están tratando activos prácticamente idénticos, la diferencia entre un 20% y un máximo del 55% depende del canal, lo que genera una gran disparidad. Esto carece de equidad y neutralidad fiscal", aclaró el Sr. Saito sobre el problema.

Esquema de la solicitud

La solicitud presentada esta vez incluye los siguientes 5 puntos.

| Elemento | Contenido de la solicitud | | --- | --- | | ①Impuesto sobre la renta: impuesto separado por declaración | – Solicitud de impuesto separado de 20%, deducción de pérdidas por arrastre (3 años) – El alcance de la tributación separada no se clasifica según el tipo de criptoactivos y el tipo de billetera. – Dirigido tanto al comercio de criptomonedas al contado como al comercio de derivados. | | ②Impuesto sobre la renta: Clarificación y racionalización del sistema fiscal relacionado con donaciones | – Dejar de aplicar de manera uniforme el artículo 40 de la ley del impuesto sobre la renta actual y el artículo 87 de su reglamento. – Incluir la aplicación del artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el artículo 40 de la Ley de Medidas Fiscales Especiales, para que el régimen fiscal no obstaculice las donaciones en criptoactivos. | | ③Impuesto sobre activos: Regulación sobre la evaluación y el costo de adquisición | – Ingresos obtenidos por la transferencia de criptoactivos heredados como excepción para el aumento del costo de adquisición – Se puede seleccionar el valor mínimo del promedio del valor de mercado de los últimos 3 meses para la evaluación de los bienes heredados. | | ④Revisión del momento de imposición para el intercambio de criptoactivos | – No se grava en el momento de intercambiar criptoactivos entre sí, sino que se considera gravable de manera acumulativa en el momento en que los criptoactivos mantenidos se intercambian por moneda fiduciaria. | | ⑤Impuesto sobre la renta: Revisión de la clasificación fiscal | – Desde la perspectiva de construir un sistema fiscal que tenga en cuenta la realidad de los criptoactivos, es importante esclarecer que puede haber otras categorías de ingresos además de los ingresos diversos. |

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